En esta sección podrás encontrar todos los requisitos y pasos a seguir para realizar los trámites que dependen del Municipio.
Es una consulta que podrá realizar cualquier interesado que desee radicar una industria en el partido de San Nicolás. Tiene por objeto determinar la factibilidad de radicación de un nuevo proyecto industrial, considerando de manera conjunta la aptitud de la zona donde pretende instalarse y el nivel de complejidad ambiental del emprendimiento.
Solicitar una nueva habilitación para comercio o industria. Solicitar el anexo de un rubro a un comercio o industria ya habilitado. Solicitar la transferencia de un comercio o industria ya habilitado.
Tienen que realizar este trámite todos los comerciantes que distribuyan, expendan o exhiban bebidas alcohólicas y se encuentren inscriptos en la Municipalidad de San Nicolás. El trámite termina con la entrega de la Licencia, no con el pago.
Los cambios de titularidad de un establecimiento industrial deben ser notificados a la Autoridad de Aplicación dentro de los 90 (noventa) días siguientes a la suscripción del instrumento. Es de carácter obligatorio para las empresas que realicen cambios en la razón social (titularidad), constituyendo nuevas sociedades, ventas, fusiones, cesiones, etc. El se instrumenta a través de una Disposición emitida por el Director Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental.
Se rige por el Decreto N° 353/11 modificatorio del Decreto N° 1741/96, reglamentario de la Ley N° 11.459, y Resolución N° 33/12. Se trata de un trámite que le permite a los establecimientos clasificados en la segunda categoría previo a la vigencia del Decreto N° 353/11, con un Nivel de Complejidad Ambiental menor o igual a 15 puntos, acceder a una categoría inferior. Deben solicitarlo aquellos establecimientos industriales clasificados en la Segunda Categoría en forma previa a la vigencia del Decreto N° 353/11 y con un Nivel de complejidad ambiental menor o igual a 15 puntos El dictamen se instrumenta a través de una Disposición emitida por el Director Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental
Se rige por el Decreto N° 353/11 modificatorio del Decreto N° 1741/96, reglamentario de la Ley N° 11.459, y Resolución N° 33/12. Se trata de un trámite que le permite a los establecimientos clasificados en la segunda categoría previo a la vigencia del Decreto N° 353/11, con un Nivel de Complejidad Ambiental menor o igual a 15 puntos, acceder a una categoría inferior. Deben solicitarlo aquellos establecimientos industriales clasificados en la Segunda Categoría en forma previa a la vigencia del Decreto N° 353/11 y con un Nivel de complejidad ambiental menor o igual a 15 puntos El dictamen se instrumenta a través de una Disposición emitida por el Director Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental
Los trámites iniciados hasta el 10/12/2020 tendrán 6 (seis) meses para ser concluidos, teniendo la opción de desistir e iniciarlo a través del nuevo sistema que permite realizarlo totalmente online y para categorías 4 y 3 obtener la habilitación correspondiente en 48 horas.En el caso de querer finalizar el trámite en curso, deberás constatar el estado en el que se encuentra y presentar la documentación necesaria para obtener la tarjeta habilitación antes del 10/06/2021.