Inscripción en el Registro Provincial de Comercialización de Bebidas Alcohólicas (ReBA)
Tienen que realizar este trámite todos los comerciantes que distribuyan, expendan o exhiban bebidas alcohólicas y se encuentren inscriptos en la Municipalidad de San Nicolás. El trámite termina con la entrega de la Licencia, no con el pago.
El monto a pagar dependerá de la categorización del comercio.
CATEGORÍAS COMERCIALES
- A. Distribuidores-canon anual
- B. Comercialización de 10:00 a 21:00
- B1. Todos los comercios excepto B2
- B2. Comercios comprendidos en la Ley 12.573, de grandes superficies
- C. Comercialización de 10:00 a 04:30
- C1. Pizzería, restaurant, parrilla y similares
- C2. Bares, pubs, cervecerías y similares
- C3. Confiterías bailables y similares
Requisitos:
- DNI del titular. En caso de ser un tercero a realizar el trámite, deberá contar con un poder emitido por el titular.
- Habilitación o inscripción municipal del comercio.
- En caso de eventos, deberá contar con autorización municipal correspondiente a categoría D.
- Para licencia eventual categoría D C3 (evento bailable), deberá previamente contar con el certificado RAN. En el permiso otorgado por la Municipalidad se deberá consignar expresamente que el evento a realizarse es un "evento bailable". En caso contrario, será rechazado por no adecuación al rubro.
- Declaración jurada de Ingresos Brutos del último año o constancia de inscripción.
- La personas jurídicas deberán presentar también estatuto de la sociedad y última designación de autoridades.
- Pagar el monto correspondiente a la categoría solicitada. La boleta emitida tendrá una validez de 15 días para ser pagada. Vencido ese plazo deberá solicitarse nuevamente.
- Locales nocturnos deberán contar con certificado RAN (Registro de Actividades Nocturnas)
- En caso de renovación, deberá contar solo con la licencia anterior.
Información Importante:
- El trámite termina con la entrega de la licencia, no con el pago.
- La licencia debe ser exhibida en un lugar visible del local o establecimiento comercial. En el caso de los distribuidores, el original de la misma se deberá exhibir en un lugar visible del centro de distribución y en los vehículos que transporte la mercadería, como así también un cartel con la leyenda: "Prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho (18) años de edad"
- En kioscos, polirrubros y/o anexos de estaciones de servicio no pueden vender, suministrar a cualquier título y/o exhibir bebidas alcohólicas POR SER RUBROS PROHIBIDOS POR LEY (Art. 2º Ley 11.825). Tampoco pueden hacerlo vendedores ambulantes.
- La licencia es válida para un establecimiento comercial o sucursal. Es decir, una licencia por cada boca de expendio o distribución de bebidas alcohólicas. Si en un mismo establecimiento comercial existen dos o más bocas de expendio de distintos titulares, cada una debe tener su correspondiente licencia.
- La licencia tiene vigencia anual. Vencido dicho plazo caduca en forma automática su inscripción en el Registro y debe solicitarse su renovación. Dicho trámite puede realizarse dentro de los sesenta días (60) corridos anteriores a su vencimiento, sin que se modifique el vencimiento original.
- En caso de extravío o robo de la Licencia deberá efectuar la denuncia correspondiente.
Pasos para realizar trámite:
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Enviá un mail a rebacontralor@sannicolas.gob.ar con la documentación solicitada.
En el asunto deberá incluirse INSCRIPCIÓN, RENOVACIÓN o CONSULTA, según corresponda.
En el caso de renovación, solo deberá adjuntarse la licencia vencida. -
Recibirás por mail la boleta de pago.
Imprimila y abonala únicamente en Banco Provincia.
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Enviá el comprobante de pago a rebacontralor@sannicolas.gob.ar
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Recibirás por mail la confirmación para retirar la licencia solicitada.