Juzgado de Convivencia y Faltas

El Juzgado de Convivencia y Faltas es el órgano municipal encargado de llevar adelante el juzgamiento de las faltas o infracciones a las normas de la Policía Municipal. Eventualmente, si le asignan la competencia,  puede actuar sobre faltas contra la Policía Provincial que se cometen dentro del territorio municipal. 

El proceso contravencional que el Municipio lleva adelante a través del Juzgado de Convivencia y Faltas está establecido por la Ordenanza 1379/82 y 7777/09, la Ley Nacional de Tránsito 24.449 y la Ley Nacional de Defensa al Consumidor 24.240. Estas normas regulan aspectos relacionados al tránsito, edificación, obras sanitarias, obras privadas, urbanismo, espacios públicos, habilitaciones, nocturnidad, higiene y condiciones bromatológicas, derecho de los consumidores, entre otros.

El trabajo conjunto y coordinado entre las diferente áreas del Juzgado de Convivencia y Faltas tiene como objetivo regularizar las contravenciones verificadas y prevenir nuevas infracciones.

 

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